«Es el oficial que preside en los Grados simbólicos de la jurisdicción. Preside, por supuesto, en la Gran Logia, y tiene no solamente derecho de estar presente, sino también de presidir en cada Logia, con el Maestro de la Logia a su izquierda, y ordenar a sus Grandes Vigilantes el que le asistan, y obrar como Vigilantes en esa Logia Particular.
Tiene derecho de visitar las logias, en inspeccionar sus libros y modo de trabajo tan frecuentemente como determine, o, si se encuentra incapacitado, puede ordenar a sus Grandes oficiales el desempeño en su lugar.
Tiene poder de conceder dispensaciones para la formación de nuevas Logias; cuyas dispensaciones existen en vigor hasta que son revocadas por él o la Gran Logia.
Puede conceder también dispensaciones para otros fines diferentes.
Anteriormente, el Gran Maestro nombraba a sus Grandes Oficiales, pero este reglamento ha sido revocado, y los Grandes oficiales se eligen en la actualidad por las Grandes Logias.
Siempre que el Gran Maestro visita la Logia, debe ser recibido con el mayor respeto, y el Maestro de la Logia deberá ofrecerle siempre el sitio de honor el cual el Gran Maestro puede o no aceptar conforme a su agrado.
Si el Gran Maestro muriese, o se encontrase ausente de la jurisdicción durante el término de su cargo, el Diputado Gran Maestro asume sus poderes, o, en ausencia del Diputado, los Grandes Vigilantes de acuerdo con su antigüedad en el ejercicio de sus funciones».
Tomado de: Mackey, Albert Gallatin, Enciclopedia de la Francmasonería. Tomo II. Pág 681

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